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Versión aplicable desde el 05/09/2024
Sumario

Las presentes Condiciones Generales de Patrocinio (en lo sucesivo, «CGP») se aplican a la relación entre el Patrocinador y la sociedad BJT PARTNERS, cuyo nombre comercial es «RINGOVER GROUP», sociedad por acciones simplificada, inscrita en el Registro Mercantil de Nanterre con el número 480234210, cuyo domicilio social se encuentra en 50 bis rue Maurice Arnoux en Montrouge (92120) (en lo sucesivo, «BJT PARTNERS» o «RINGOVER GROUP»).

I. Definiciones

El/los «Apadrinado(s)» hace referencia a clientes potenciales que no son clientes de Ringover, recomendados por el Patrocinador a través del Programa de Patrocinio y que cumplen las condiciones descritas en las presentes CGP.

Por «Patrocinador» se entiende el usuario que dispone de un acceso Ringover o cualquier profesional que haya identificado a posibles Apadrinados susceptibles de estar interesados en el Servicio y que deseen participar en el Programa de Patrocinio.

Las «Partes» hace referencia a Ringover y al Patrocinador de forma colectiva.

La «Plataforma» se refiere a la herramienta puesta a disposición por Ringover al Patrocinador para que pueda generar un enlace URL que permita que Ringover se ponga en contacto con el/los Apadrinado(s) para beneficiarse de los Servicios.

El «Programa de Patrocinio» hace referencia a la operación por la que el Patrocinador recomienda los Servicios de Ringover a un Apadrinado a cambio de una recompensa, tal y como se describe en el presente documento.

El «Servicio» se refiere a todos los servicios ofrecidos por Ringover accesibles en los sitios web Ringover.com y en la aplicación Ringover iOS y Android.

II. Principio del Programa de Patrocinio

El Programa de Patrocinio consiste, para cada Patrocinador, en recomendar el Servicio Ringover mediante la identificación de clientes potenciales que no sean clientes de Ringover, en la Plataforma, con el fin de beneficiarse de una recompensa como se describe en el Anexo 1 de este documento.

III. Condiciones del Programa de Patrocinio

a. Admisibilidad

La participación en el Programa de Patrocinio está abierta a cualquier Patrocinador, siempre y cuando el Apadrinado propuesto no esté ya presente en la base de datos de Ringover y/o no haya sido contactado en el pasado, directa o indirectamente, por el equipo de Ringover o los socios comerciales de Ringover durante los tres (3) meses anteriores a la inscripción en el Programa de Patrocinio.

Para ello, el Patrocinador puede añadir los contactos del Apadrinado de forma manual y directamente en la Plataforma o generando un enlace único a través de la Plataforma. El estado de conversión del Apadrinado será entonces visible para el Patrocinador desde la misma Plataforma.

El Patrocinador solo podrá recibir una recompensa si el Apadrinado se suscribe al servicio con un compromiso de permanencia, en los 6 meses siguientes a añadir su contacto a la Plataforma.

El Patrocinador no podrá recomendar un Apadrinado que pertenezca a la misma persona jurídica.

Ringover se reserva el derecho de rechazar una solicitud de patrocinio sin tener que justificar este rechazo ni notificarlo al Patrocinador.

Los revendedores, distribuidores y socios de Ringover están excluidos del Programa de Patrocinio.

Cualquier pregunta relacionada con el Programa de Patrocinio deberá enviarse por correo electrónico al servicio de atención al cliente a la siguiente dirección: psm@ringover.com.

b. Compromiso de Ringover

Por cada Apadrinado que cumpla los criterios arriba mencionados y sea aceptado por Ringover, Ringover se compromete a abonar al Patrocinador la recompensa debida, tal y como se establece en el Anexo 1 del presente documento.

Las recompensas se enviarán al Apadrinado utilizando los datos de contacto facilitados al participar en el Programa de Patrocinio.

c. Compromiso del Patrocinador

El Patrocinador se compromete a no hacer un uso fraudulento, abusivo, indebido o malintencionado del Programa de Patrocinio. El Patrocinador no podrá pretender beneficiarse del Programa de Patrocinio publicando material en Internet o en cualquier otra red pública sobre el Programa de Patrocinio sin la autorización previa de Ringover o con el único fin de obtener la recompensa.

IV- Duración y fin del Programa de Patrocinio

El Programa de Patrocinio se suscribe con carácter no exclusivo y por tiempo indefinido, en la medida en que el Patrocinador participe en el Programa de Patrocinio con el acuerdo de Ringover.

Ringover se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las condiciones del Programa de Patrocinio. Las nuevas condiciones se actualizarán y se publicarán, en su caso, en el sitio web de Ringover.

Asimismo, Ringover se reserva el derecho a poner fin al Programa de Patrocinio en cualquier momento y sin previo aviso. Al finalizar el Programa de Patrocinio, el Patrocinador dejará de tener derecho a los beneficios del mismo.

V. Datos personales

En el contexto del uso del Programa de Patrocinio, Ringover está obligada a recoger y tratar determinados datos personales del Apadrinado y del Patrocinador en cumplimiento de la ley «Informática y Libertades» francesa de 6 de enero de 1978 y del Reglamento General de Protección de Datos de 27 de abril de 2016. Para obtener más información sobre el uso de los datos personales, consulte la Política de Privacidad de Ringover disponible aquí: https://www.ringover.es/confidencialidad

Cualquier solicitud relativa al tratamiento de datos en el marco del Programa de Patrocinio deberá enviarse por correo electrónico a la siguiente dirección: dpo@ringover.com.

VI. Responsabilidad

El Patrocinador reconoce que asume plena responsabilidad por el contenido de la información transmitida al participar en el Programa de Patrocinio. Ringover no será en ningún caso responsable, directa o indirectamente, de cualquier daño causado al Patrocinador, al Apadrinado o a un tercero en relación con la ejecución del Programa de Patrocinio.

VII. Varios

a. Nulidad

En caso de que una de las cláusulas de las presentes CGP sea invalidada por el tribunal competente, las demás cláusulas seguirán teniendo pleno efecto. Además, las Partes sustituirán, si es posible, una cláusula equivalente que sea válida y se corresponda con la finalidad de las CGP.

b. Fuerza mayor

Ninguna de las Partes será responsable de los incumplimientos o retrasos en la ejecución causados por un elemento constitutivo de Fuerza Mayor, de conformidad con el artículo 1218 del Código Civil francés, tales como, entre otros: inclemencias meteorológicas excepcionales, catástrofes naturales (rayos, inundaciones, incendios…), virus informáticos así como fenómenos de origen electromagnético o eléctrico que perturben las redes, restricciones legales al suministro de servicios de telecomunicaciones además de acontecimientos que desencadenen la aplicación de planes locales o nacionales para mantener la continuidad de los servicios de telecomunicaciones.

c. Ausencia de subordinación

Las CGP no crean ninguna relación de subordinación entre las Partes. Cada una de las Partes conserva su plena y total autonomía con respecto a la otra.

d. Buena fe

Las Partes se comprometen expresamente a ejecutar las CGP de buena fe y con lealtad.

e. Intuitu personae

La conclusión del Programa de Patrocinio es intuitu personae, y el Patrocinador se compromete a no transferir la totalidad o parte de sus derechos u obligaciones a terceros.

VIII. Ley y jurisdicción aplicables

Estas CGP se rigen por la ley francesa.

Cualquier litigio relativo a su validez, interpretación o ejecución será competencia exclusiva del Tribunal de Comercio de Nanterre, incluso en caso de pluralidad de demandados, reclamación de garantía o procedimiento de urgencia.

Anexo 1: Recompensa

El Patrocinador puede elegir entre las siguientes recompensas:

  • Tarjeta regalo Amazon
  • Donación a organizaciones benéficas
  • Goodies Panopli

El importe del premio se calculará del siguiente modo:

  • Por 1-10 licencia(s) suscrita(s) por el Apadrinado con compromiso de permanencia, el importe de la recompensa será equivalente a 50 €.
  • Por 10-100 licencias suscritas por el Apadrinado con compromiso de permanencia, el importe de la recompensa será equivalente a 100 €.
  • Más de 100 licencias suscritas por el Apadrinado con compromiso de permanencia, el importe de la recompensa será equivalente a 200 €.

La recompensa se concederá en cuanto el Apadrinado firme el contrato de suscripción a los Servicios con un compromiso de permanencia.

El importe total de las recompensas abonadas al Patrocinador no podrá superar los 2.500 euros en los últimos doce meses.

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